COMUNICADO A LA OPINION PÚBLICA SOBRE EL REFERENDO DEL AGUA
Bogotá, 10 de Septiembre de 2009
El Comité Nacional en Defensa del Agua y de la Vida, promotor del referendo por el derecho humano al agua, ante las declaraciones del Ministro de Hacienda en el sentido de convocar para la misma fecha al pueblo colombiano para que se pronuncie sobre los referendos de reelección presidencial, de cadena perpetua a los violadores de menores de edad y por el derecho humano al agua, aduciendo ahorro de costos, y teniendo en cuenta el debate nacional que se ha suscitado al respecto, manifiesta:
1.- Que rechaza enfáticamente la modificación del texto original del referendo del agua y de los demás referendos para ponerlos al servicio de la reelección del actual Presidente de la República, Dr Álvaro Uribe Vélez. Tales modificaciones que violan la Constitución y la Ley 134 de 1994, sobre mecanismos de participación, hacen inocua la recolección de firmas y en si mismas constituyen un desconocimiento al firmante que apoyó un texto y verá como se somete a votación otro, sustancialmente modificado. La anterior grave irregularidad de cambiar los textos es la que convierte en perversa la convocatoria de los referendos para el mismo día, la cual en otras circunstancias, es una opción contemplada en la Ley, razonable en términos de costos y organización electoral.
2.- El referendo por el derecho humano al agua se encuentra a consideración de la Comisión Quinta de la Cámara, a donde fue enviado en virtud de la aceptación de nuestra apelación contra las modificaciones sustanciales a él introducidas por la mayoría de la coalición del gobierno en la Comisión Primera. La plenaria de la Cámara de Representantes, con el voto de la mayoría de sus integrantes, de todas las tendencias políticas, nos dio la razón entendiendo que las mencionadas modificaciones equivalían a un pronunciamiento en contra de la iniciativa popular por el derecho humano al agua.
3.- Aunque es remota la posibilidad de convocar los tres referendos de manera simultánea, pues los de reelección y cadena perpetua ya se encuentran en la Corte, rechazamos una convocatoria simultánea a favor del referendo reeleccionista y estamos a la expectativa de la Sentencia de la Honorable Corte Constitucional sobre el alcance de las modificaciones que el Congreso de la República puede introducir a los referendos de iniciativa popular. La Corte fijará sin duda su criterio a propósito de dichas modificaciones.
4.- Nuestra posición es que en cualquier caso debe respetarse la voluntad de los ciudadanos y ciudadanas ¡que se decida sobre el texto que ellos firmaron!. Como lo han dicho varios constitucionalistas: el Congreso no es en este caso el constituyente primario sino solo el convocante de un referendo cuya iniciativa, es decir la determinación de consultar al pueblo y sobre que consultarlo, es exclusivamente ciudadana. Por tanto fuera de ajustes de redacción el Congreso no esta facultado para modificar los textos originales.
POR EL COMITÉ NACIONAL: Rafael Colmenares - ECOFONDO, Vocero; Humberto Polo, SINTRAEMSDES; Héctor Gañan, ONIC; Oscar Gutiérrez, UNION NACIONAL DE USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS; Javier Márquez, PENCA DE SABILA; Tatiana Roa, CENSAT; Rodrigo Acosta, CUT; Martha Cañón, AVOCAR; Cristo Miranda, ACUEDUCTOS ॐूणीटाईश्र.
Bogotá, 10 de Septiembre de 2009
El Comité Nacional en Defensa del Agua y de la Vida, promotor del referendo por el derecho humano al agua, ante las declaraciones del Ministro de Hacienda en el sentido de convocar para la misma fecha al pueblo colombiano para que se pronuncie sobre los referendos de reelección presidencial, de cadena perpetua a los violadores de menores de edad y por el derecho humano al agua, aduciendo ahorro de costos, y teniendo en cuenta el debate nacional que se ha suscitado al respecto, manifiesta:
1.- Que rechaza enfáticamente la modificación del texto original del referendo del agua y de los demás referendos para ponerlos al servicio de la reelección del actual Presidente de la República, Dr Álvaro Uribe Vélez. Tales modificaciones que violan la Constitución y la Ley 134 de 1994, sobre mecanismos de participación, hacen inocua la recolección de firmas y en si mismas constituyen un desconocimiento al firmante que apoyó un texto y verá como se somete a votación otro, sustancialmente modificado. La anterior grave irregularidad de cambiar los textos es la que convierte en perversa la convocatoria de los referendos para el mismo día, la cual en otras circunstancias, es una opción contemplada en la Ley, razonable en términos de costos y organización electoral.
2.- El referendo por el derecho humano al agua se encuentra a consideración de la Comisión Quinta de la Cámara, a donde fue enviado en virtud de la aceptación de nuestra apelación contra las modificaciones sustanciales a él introducidas por la mayoría de la coalición del gobierno en la Comisión Primera. La plenaria de la Cámara de Representantes, con el voto de la mayoría de sus integrantes, de todas las tendencias políticas, nos dio la razón entendiendo que las mencionadas modificaciones equivalían a un pronunciamiento en contra de la iniciativa popular por el derecho humano al agua.
3.- Aunque es remota la posibilidad de convocar los tres referendos de manera simultánea, pues los de reelección y cadena perpetua ya se encuentran en la Corte, rechazamos una convocatoria simultánea a favor del referendo reeleccionista y estamos a la expectativa de la Sentencia de la Honorable Corte Constitucional sobre el alcance de las modificaciones que el Congreso de la República puede introducir a los referendos de iniciativa popular. La Corte fijará sin duda su criterio a propósito de dichas modificaciones.
4.- Nuestra posición es que en cualquier caso debe respetarse la voluntad de los ciudadanos y ciudadanas ¡que se decida sobre el texto que ellos firmaron!. Como lo han dicho varios constitucionalistas: el Congreso no es en este caso el constituyente primario sino solo el convocante de un referendo cuya iniciativa, es decir la determinación de consultar al pueblo y sobre que consultarlo, es exclusivamente ciudadana. Por tanto fuera de ajustes de redacción el Congreso no esta facultado para modificar los textos originales.
POR EL COMITÉ NACIONAL: Rafael Colmenares - ECOFONDO, Vocero; Humberto Polo, SINTRAEMSDES; Héctor Gañan, ONIC; Oscar Gutiérrez, UNION NACIONAL DE USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS; Javier Márquez, PENCA DE SABILA; Tatiana Roa, CENSAT; Rodrigo Acosta, CUT; Martha Cañón, AVOCAR; Cristo Miranda, ACUEDUCTOS ॐूणीटाईश्र.
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