Lo que advierto con este anuncio es que el Secretario de Hacienda, Héctor Zambrano, está haciendo campaña para lograr administrar a Bogotá DC
Yo, tengo entendido que es la CRA a quien le corresponde fijar las tarifas de acueducto, y cualquier pago por fuera será en detrimento del presupuesto del Plan de desarrollo Distrital. Tenga usted la seguridad de que ni el gobierno nacional ni la empresa de acueducto Agua y Alcantarillado de Bogotá ESP, asumirán dicho descuento.
Quiero manifestar que al momento, todos los colombianos tenemos una carta de navegación para la vigencia 2011 a 2014, para ejecutar proyectos y programas de corto, mediano y largo plazo, denominada: Plan Nacional de Desarrollo económico, social y de obras públicas; y Plan plurianual de Inversión nacional, “Prosperidad para todos”, Ley 1450 de 2011; con un presupuesto aprobado por el Congreso de la República por más de 564 billones de pesos.
Siendo la ley una norma de estricto cumplimiento, los recursos para el plan plurianual de Inversión nacional serán destinados única y exclusivamente para ejecutar proyectos y programas específicos, (radicados en los Bancos de Proyectos y Programas a nivel nacional), para mejorar la calidad de vida de todos los habitantes de Colombia en salud, vivienda, educación, empleo, alimentación, seguridad, vías, ecosistema, comunicación, recreación, cultura y deporte, etc.
Así las cosas, debemos agotar los recursos del Plan plurianual de inversión y el reto para los colombianos es: 1- Inscribir los programas y proyectos que resolverán los componentes de bienestar arriba descritos, en el Banco de Proyectos y Programas a nivel nacional; 2- Tener a mano los cronogramas para su ejecución y seguimiento; 3- Recibir los informes de Gestión en detalle de cada uno de ellos; 4- Disfrutar a satisfacción los Resultados, (artículos 343 y 344 de la Constitución 1991).
El Secretario de Hacienda, Héctor Zambrano, tendrá que sostener de su pecunia los excedentes al pago de la tarifa para el estrato 1 por cuanto el próximo año 2012 tendremos una nueva administración Distrital y habrá un nuevo Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas con metas y Propósitos de corto, (prioritarios), mediano y largo plazo a fin de mejorar la calidad de vida de todo el mundo, y en consecuencia tendrá que recibir los informes de la gestión y de los resultados del saliente Administrador Distrital DC., para formular estrategias que resuelvan el diagnóstico recibido y así ejecutar con eficiencia, eficacia y transparencia el nuevo Plan Plurianual de Inversión 2012 a 2015
Independientemente de que haya armonía entre el Plan de Ordenamiento Territorial, el Plan de Desarrollo económico, social y de obras públicas, y los Servicios Públicos Domiciliarios, (acueducto); la ley fija las competencias y responsabilidades relativas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, su cobertura, calidad y financiación, y el régimen tarifario que tiene en cuenta además de los criterios de costos, los de solidaridad y redistribución de ingresos.
La prestación de los servicios públicos domiciliarios no puede tener un carácter gratuito, por el contrario, su naturaleza onerosa es inherente a la relación contractual en la perspectiva de alcanzar, preservar y mejorar para la comunidad tanto la cobertura como la calidad del servicio, lo cual no se consigue prohijando la desobediencia civil frente a las deudas por bienes y servicios efectivamente recibidos, amén del enriquecimiento sin causa que a favor de algunos podría presentarse ocasionalmente.
Un cordial saludo
Luis Miguel Moreno López
Vocal de Control Social-Chia
Teléfono: 3167094475
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